Ordenes de deportación deben ejecutarse en 60 días hábiles

Ordenes de deportación deben ejecutarse en 60 días hábiles

DECISIÓN DE CORTE FEDERAL DEL DÉCIMO CIRCUITO

Redacción El Comercio de Colorado

La Corte Federal de Apelaciones del Décimo Circuito determine que los inmigrantes indocumentados tienen 60 días corridos, sin importar fines de semana o feriados, para auto deportarse. Esta decisión se aplica a los no ciudadanos con orden de deportación. El fallo no considera los días en que las oficinas del Servicio de Inmigración y Aduanas estén cerradas.

Esta decisión contradice lo establecido por la Corte Federal de Apelaciones del Noveno Circuito hace 12 años, cuando los jueces argumentaron que debía existir un periodo de gracia porque de lo contrario podría suceder que el inmigrante tuviese que autodeportarse antes de los 60 días si su fecha límite para dejar el país fuese un fin de semana.

Caso Monsalvo

La discrepancia entre las dos cortes solo podría resolverse si el caso llegara ante el Tribunal Supremo de Estados Unidos, aunque en este momento no existen indicaciones de que eso suceda en el futuro previsible. La intervención de la corte del Décimo Circuito se debió al pedido del mexicano Hugo Abisai Monsalvo Velázquez, con una orden de deportación de 2011.

Monsalvo solicitó una revisión del caso el 13 de diciembre de 2021, argumentando que, por los fines de semana, todavía estaba a tiempo de hacerlo, según el fallo de 2011 de la corte en San Francisco. Sin embargo, la Junta de Apelaciones de Inmigración rechazó ese argumento, como ahora también lo hizo la Corte Federal de Apelaciones en Denver.


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